Reducción del IVA en los tiquetes de pasajeros, lo que debe saber de la Ley general de Turismo

Las constantes medidas sanitarias y restricciones para salvaguardar la salud de los colombianos y mitigar el contagio han dificultado la reactivación del turismo en el país. Sin embargo, el 2021 se presenta como una pequeña luz al final del túnel, de acuerdo con el análisis de ANATO, con base a los datos de la Aeronáutica Civil, entre el 1° y el 11 de enero se ha reactivado el 64% del tránsito de pasajeros en vuelos nacionales al compararse con el mismo periodo de 2020; y un 39% en el tránsito en vuelos internacionales.

Con el fin de impulsar la reactivación del turismo en el país diferentes estrategias y medidas se han puesto en marcha, entre estas, se destaca la Ley 2068 de 2020, por la cual se modifica la Ley General del Turismo. Esta norma, que entró en vigor a partir el primero de enero, busca -de acuerdo con el Gobierno Nacional- “fortalecer la sostenibilidad, formalización y competitividad del sector y promover la reactivación del turismo, para consolidar el país como un destino altamente reconocido, sostenible, responsable y de alta calidad” a través de tres principales pilares: la formalización del sector, la calidad del turismo e incentivos tributarios.

Así pues, la firma de servicios profesionales BDO, realizó un análisis de la ley en materia fiscal estableciendo las siguientes novedades:

Más turismo, menos IVA

Con el fin de estimular el turismo en el país, se redujo permanentemente la tarifa del IVA en los tiquetes de pasajeros, servicios conexos y comercialización de estos, la tarifa pasa del 19% al 5% hasta el 31 de diciembre de 2022. Adicionalmente, se establece también la exención de IVA para servicios de hotelería y turismo hasta el 31 de diciembre de 2021.

Además, se dispusieron medidas para impulsar a los sectores adyacentes al turismo, este es el caso de las artesanías y los establecimientos de comidas y bebidas preparadas desarrollados mediante franquicias, los cuales quedaron excluidos de IVA hasta el 31 de diciembre de 2021.

En búsqueda de mayor inversión

La norma busca atraer inversión al sector turístico ampliando un año la aplicación de la tarifa especial de renta del 9% para los servicios prestados en nuevos hoteles, hoteles remodelados, parques temáticos o muelles náuticos. Así mismo se modificaron las condiciones para que los parques temáticos remodelados accedan a esta tarifa especial.

Así mismo, se adicionaron a la tarifa especial del 9% los servicios de cuidados, alimentación, enfermería, alojamiento y servicios de asistencia para el turista adulto mayor. Por otra parte, se dio lugar a la exención de la sobretasa o contribución especial en el sector eléctrico hasta el 31 de diciembre de 2021, esto para algunas actividades económicas tales como: alojamientos, organización de acontecimientos y actividades de parques temáticos.

Alivios para los viajeros

Los viajeros también tendrán grandes beneficios, uno de los más destacados es la reducción de las tarifas del impuesto nacional al consumo, del 8% al 0%, en el servicio de restaurante, siempre y cuando se preste en un mismo establecimiento servicio de restaurante y bar. Además, se estableció que la contribución parafiscal no podrá ser trasladada a los usuarios.

Plataformas, equilibradas y seguras

Debido a la pandemia, la virtualidad está en un punto cúspide, hecho que no es ajeno a las plataformas digitales de servicios turísticos, con el fin de establecer obligaciones y responsabilidades, así como una competencia equilibrada entre estos prestadores, la ley exigirá que tanto las plataformas como quienes anuncian sus servicios a través de estas plataformas cuenten con el Registro Nacional de Turismo. Para cumplir a cabalidad con los anterior, se amplió el plazo para renovar el Registro Nacional de Turismo hasta el 30 de marzo de 2021.

San Andrés, Providencia y Santa Catalina, un foco en la reactivación del sector

Con el objetivo de apoyar el turismo en San Andrés, Providencia y Santa Catalina tras el devastador paso del huracán IOTA, el gobierno estableció que durante el 2021 se hará una deducción especial en renta del 200% de los salarios y prestaciones sociales para las personas naturales y jurídicas que desarrollen actividades de hotelería, agencia de viajes, tiempo compartido y turismo receptivo en San Andres, Providencia y/o Santa Catalina antes del 16 de noviembre de 2020 y tengan trabajadores residentes en estas entidades territoriales.

Finalmente, se determinó que se destinarán $0.5 dólares de los $15 dólares que se pagan de impuesto nacional al turismo, para invertir en la competitividad, promoción e infraestructura del departamento de San Andrés y otros $0.5 dólares directamente para la reconstrucción de Providencia y Santa Catalina, durante la vigencia 2021.